Los costos asociados al trabajo remoto: ¿Quién debe asumirlos?

      

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¿Quién debe asumir los costos asociados al trabajo remoto?

Con el trabajo remoto aumentan los costos de internet y de los servicios públicos, se utilizan equipos tecnológicos y se requiere configurar el ambiente de trabajo.

La adopción sorpresiva del teletrabajo por la covid-19 puso en consideración la discusión sobre quién debe sufragar los gastos de internet, equipos tecnológicos, servicios públicos como electricidad y agua, mobiliario y demás insumos necesarios para trabajar en casa: ¿el colaborador o el empleador?

En Holanda, por ejemplo, el gas, la electricidad, el agua, el internet y el mobiliario necesario para trabajar deben ir por cuenta del empleador. En España, los empleadores deben asumir el mantenimiento y el uso de los equipos utilizados por los colaboradores para trabajar.

En otros países europeos, los colaboradores reciben compensaciones para cubrir los gastos del hogar. ¿Cómo es la situación en Colombia?

¿Quién debe asumir los costos del trabajo desde casa en Colombia?

El teletrabajo en Colombia es una modalidad laboral que por ley requiere un acuerdo previo entre colaborador y empleador. Las empresas deben correr con los gastos de electricidad y conexión a internet de sus colaboradores, y llegar a un acuerdo sobre la utilización de los equipos electrónicos que se usarán para trabajar: si los suministrará la empresa o si se utilizarán los equipos personales del colaborador.

Ahora, la llegada de la covid ha obligado a que la gran mayoría de los colaboradores trabajen desde casa para protegerse de la enfermedad. Antes de la pandemia, en el 11,2% de las empresas colombianas una proporción variable de los colaboradores trabajaba a distancia; ahora casi todas las empresas (98%) emplean esta modalidad de trabajo, de acuerdo con la Federación Colombiana de Gestión Humana.

Situación excepcional: Trabajo en casa

Dado que la pandemia es una situación excepcional y no el resultado de un acuerdo, el gobierno colombiano llamó a esta modalidad ‘trabajo en casa’, para diferenciarla del teletrabajo y sus requerimientos legales establecidos en la Ley 1221 de 2008, y el decreto 884 de 2012.

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En el teletrabajo se contrata al colaborador para trabajar fuera de la oficina, y el empleador supervisa que el espacio de trabajo del colaborador se adapte a ciertas especificaciones ergonómicas y de diseño. Al contrario, en el trabajo en casa el cambio de la oficina a la casa es producto de una situación excepcional.

Esta última modalidad fue reconocida por la circular 0041 del Ministerio del Trabajo del 2 de junio de 2020; algunos de los puntos más importantes de esta circular son:

  • Vigencia de las garantías laborales, sindicales y de seguridad social. No debe haber disminuciones de salario ni alteración de horarios.
  • Auxilio de conectividad digital que sustituye al auxilio de transporte para quienes devenguen hasta dos salarios mínimos (decreto No. 771, del 3 de junio de 2020).

Sin embargo, además del auxilio para la conectividad, no existe claridad sobre quién debe asumir ciertos costos, como los gastos de servicios públicos (que se han incrementado para el 46% de los colaboradores de 277 empresas) y compra de equipos, de acuerdo con una encuesta del Ministerio del Trabajo y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI).

Proyecto de ley para regular

Con un proyecto de ley en el Congreso colombiano se intenta regular esta modalidad de trabajo en casa. Se espera que el empleador asuma un porcentaje de los gastos de energía eléctrica del colaborador, se reconozca el derecho a la desconexión digital y exista un acuerdo mutuo sobre los equipos que se utilizarán para trabajar (computador, módem de Internet, teléfono inteligente, entre otros según el tipo de trabajo). Si no hay un acuerdo sobre los equipos, el empleador tendrá que proporcionarlos.

Por ahora, las discusiones con respecto a los gastos del trabajo en casa continúan. Serán unas discusiones importantes, pues el trabajo en casa llegó para quedarse y será una modalidad laboral más, vinculada a las oficinas híbridas y al teletrabajo.

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